En el actual entorno empresarial, la adopción de Sistemas de Compliance Penal se ha convertido en una práctica esencial para las entidades que buscan no solo cumplir con las normativas legales vigentes, sino también prevenir la comisión de delitos en su seno. El término «Compliance» se refiere al cumplimiento normativo, y en el ámbito penal, se enfoca en evitar la responsabilidad penal de las personas jurídicas, conforme a la reforma del Código Penal introducida por la Ley Orgánica 5/2010.
Los programas de Compliance se refieren a los «modelos de organización y gestión» según el Código Penal. Estos programas, también conocidos como planes de prevención de riesgos penales, son sistemas implementados en entidades legales para prevenir y gestionar posibles riesgos penales, adaptándose a las necesidades específicas de cada entidad.
Es importante distinguir entre el plan de prevención de riesgos penales en sí mismo y el programa de cumplimiento normativo o corporate compliance. El segundo incluye el primero y va más allá, abarcando principios generales, políticas de la entidad frente a riesgos penales, el alcance y los responsables de su aplicación, así como actividades de control y supervisión para garantizar su correcta implementación.
Según la normativa actual del Código Penal, tener un programa de prevención de delitos puede eximir o mitigar la responsabilidad penal de la entidad legal en cuestión.
Requisitos de los modelos de organización y gestión
Los modelos de organización y gestión deberán reunir las siguientes condiciones mínimas previstas legalmente en el art. 31 bis 5 CP:
- Identificar las actividades donde podrían ocurrir los delitos que se deben prevenir.
- Establecer protocolos o procedimientos que especifiquen cómo la entidad toma decisiones y las ejecuta con respecto a dichas actividades.
- Contar con modelos de gestión financiera adecuados para evitar la comisión de los delitos que deben prevenirse.
- Exigir la obligación de informar sobre posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de supervisar el cumplimiento del modelo de prevención.
- Implementar un sistema disciplinario que sancione de manera apropiada el incumplimiento de las medidas establecidas en el modelo.
- Realizar una verificación periódica del modelo y ajustarlo si hay infracciones importantes o cambios en la organización, la estructura de control o la actividad que lo requieran.
En otras palabras, los Sistemas de Cumplimiento Penal buscan regular las actividades de una entidad para asegurar el cumplimiento de las leyes y, por ende, cumplir con los requisitos legales del artículo 31 bis del Código Penal. Esto se hace para evitar la responsabilidad penal potencial para la entidad, que podría surgir por la comisión de ciertos delitos en sus operaciones.
La presente publicación no constituye asesoramiento jurídico.
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