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Se aplaza el pago del IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades por COVID

Mediante Real Decreto-Ley 14/2020, publicado hoy 15 de abril de 2020, se ha acordado la extensión del plazo para presentar declaraciones y autoliquidaciones tributarias. La medida llevaba días anunciándose pero hoy conocemos exactamente su alcance que pasamos a detallaros.

¿A qué impuestos afecta el aplazamiento por COVID?

Afecta entre otros al IVA, IRPF y anticipos del Impuesto de Sociedades.

¿Quién pueden acogerse a la medida?

  • Las empresas y autónomos que durante el año 2019 hayan tenido un volumen de operaciones inferior a 600.000,00 €.
  • La medida no es válida para grupos que apliquen el régimen de consolidación fiscal ni para grupos de entidades a efectos de la Ley de IVA. Tampoco es válida para la presentación de declaraciones aplicables a las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión Europea o que salgan del mismo.

Periodo del aplazamiento

  • El aplazamiento afecta a declaraciones y autoliquidaciones tributarias con vencimiento entre el 15 de abril de 2020 y el 20 de mayo de 2020.
  • Pero en caso de que la forma de pago sea mediante domiciliación, el plazo es inferior, y podrá abonarse hasta el 15 de mayo de 2020 (en lugar del 20 de mayo).

La presente publicación no constituye asesoramiento jurídico.

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